UMAS: Único lugar para cazar legalmente
14 de febrero de 2014
Las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMAs) son regiones sin cercas que permiten el libre paso de los ejemplares en las que está permitida la cacería de fauna que no se encuentre en peligro de extinción o amenazadas según la norma oficial número 059, aseveró José Salvador Canul Dzul, Jefe del departamento de Recursos Naturales y Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) Delegación Yucatán.
Dijo que las Umas pueden ser para la conservación, para el aprovechamiento extractivo o no extractivo, es decir, para cazar o sólo para visitar.
Informó que en la demarcación se permite la cacería de 9 tipos de aves, entre las que destaca la chachalaca, la codorniz, el ocofaisán y el pavo celado, así mismo 6 tipos de mamíferos como el armadillo, el conejo, jabalí y venado.
En este sentido, puntualizó que el venado Temazate está permitido cazarlo entre febrero y mayo, mientras que el Cola blanca está permitido su aprovechamiento de noviembre a marzo. También refirió que la ley refiere que se deben cazar machos adultos, quienes en promedio tienen en promedio 7 puntas en las astas.
Al respecto, señaló que aún existen los pobladores que no se dedican a la cacería como hobbie, sino que lo hacen para el autoconsumo, los cazadores tradicionales también deben someterse a la regulación de la Semartat, para tal efecto, dijo que si requieren orientación al respecto pueden comunicarse a la secretaría al 942 13 00 o al 01 800 083 36 27 de manera gratuita.
Las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMAs) son regiones sin cercas que permiten el libre paso de los ejemplares en las que está permitida la cacería de fauna que no se encuentre en peligro de extinción o amenazadas según la norma oficial número 059.