¿Qué clase de maltrato contra animales se castiga en Yucatán?

04 de marzo de 2014

¿Qué clase de maltrato contra animales se castiga en Yucatán?

En mayo de 2013, el Congreso del Estado de Yucatán añadió al Código Penal el capítulo “Maltrato o crueldad en contra de animales domésticos” para poder castigar con cárcel y multas a la persona que agreda, mutile, abandone o mate a una mascota doméstica o animal callejero.

La nueva legislación considera como crueldad o maltrato a las acciones humanas que priven al animal de aire, alimento, luz, agua, espacio, abrigo contra la interperie, cuidado médico y alojamento adecuado.

También toma en cuenta la mutilación física, el abandono en la vía pública, desatención durante largo tiempo, provocación de dolor, arriesgar la vida del animal y la zoofilia, que según los especialistas, es muy común en el interior del estado.

Según el código un animal doméstico es aquel que fue criado para acompañar al ser humano como mascota. Ejemplo son los perros, gatos, aves domésticas, hurones, peces y tortugas.  Considera también a los animales que deambulan en las calles sin que se pueda identificar a su propietario.

Las penas son las siguientes: quien cometa actos de maltrato que ponga en peligro la vida del animal podrá ser castigado con penas de 3 meses a 1 año de cárcel y con multas de 50 a 100 salarios mínimos. Aquellas personas que cometan crueldad que termine en la muerte del animal pasarán de 6 meses a 2 años en prisión y pagarán multas de 200 a 400 salarios mínimos.

La reforma al Código Penal de Yucatán instruye a la Fiscalía General del Estado a resguardar hasta 6 meses al animal maltratado y éste podrá ser solicitado en adopción por alguna asociación en caso que el propietario esté en prisión o no sea reclamado por ningún familiar del victimario.

Las penas por actos que terminen en la muerte del animal van de 6 meses a 2 años de prisión y multas de 200 a 400 salarios mínimos.

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