No existe una ley yucateca de indemnización por daños del estado

06 de octubre de 2012

No existe una ley yucateca de indemnización por daños del estado

Aunque Yucatán no tiene una legislación para indemnizar a los ciudadanos por daños causados a su persona o propiedades por mala administración o ineficiencia de la infraestructura y servicios del Estado o municipios, existe en nuestro país la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial.

Esta ley nacional reconoce el derecho de los ciudadanos de reclamar el pago de un daño, sin que los responsables del gobierno público federal estén obligados a pagarlos.

Los daños van desde la ponchadura de una llanta por un bache, una mala intervención quirúrgica en un hospital de gobierno o un accidente vial en que esté involucrado un vehículo oficial.

Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial es un beneficio para los ciudadanos porque arreglar un automóvil averiado por un bache significa sacar dinero de tu bolsa para pagar el desperfecto o comprar una refacción.

Al desconocerse esta ley, la mayoría de las personas no exige al Estado que les pague los daños por una mala administración o por no estar en buen estado los servicios que presta.

Los daños administrativos más demandados en México son viales, caída en las coladeras y malos servicios médicos. La Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial indica que la denuncia debe hacerse en un juzgado civil 5 días después del acontecimiento y con pruebas.

En caso de daño a un automóvil, la aseguradora puede hacer la reclamación. En el supuesto que el carro tenga seguro como obliga la ley.

No existe en Yucatán una ley para indemninizar a los cuidadanos de daños por mal servicio o infraestructura dañada del estado o algún municipio.

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