La radio no puede discriminar a las parejas homosexuales

11 de diciembre de 2015

La radio no puede discriminar a las parejas homosexuales

En México, ser gay no es ilegal, ni ser lesbiana, transgénero, transexual, ni heterosexual. Para ser concretos, en México no se puede discriminar a nadie por su preferencia sexual. Así lo mandata el artículo primero de nuestra Constitución.

El mismo artículo obliga a las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos.

Estas obligaciones y derechos también están contemplados en la Ley de Telecomunicaciones. En su artículo segundo obliga a los concesionarios a prestar los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión sin ningún tipo de discriminación motivada, entre otras cosas, por las preferencias sexuales de los usuarios.

Por si fuera poco, la ley también obliga a la radio y televisión concesionada a contratar un defensor de las audiencias, a quien se puede recurrir si la programación no cumple con las disposiciones legales.

En el artículo 226, inciso dos, estipula que es derecho de los radioescuchas, recibir programación que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.

Así, los programas de radio y televisión deben reflejar la diversidad cultural del país y del mundo, para lo cual, la programación tendrá que ser plural, presentando diversas formas de pensar y proporcionando variedad de contenidos, respetando la orientación sexual de todas las personas.También, se pide evitar los estereotipos y el uso de expresiones que tiendan a la discriminación o que tengan la intensión de ofender.

Los radiodifusores mexicanos nos hemos sumado a las reformas estructurales impulsadas por el presidente Enrique Peña Nieto y por los diputados y diputadas de la anterior legislatura federal, acatando las leyes, estudiándolas y comprendiéndolas. Porque, aun no estando de acuerdo con algunas de ellas, sabemos que si queremos tener un país de leyes, debemos sumarnos para fortalecer el Estado de Derecho.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se pronunció y determinó que las parejas homosexuales se encuentran al mismo nivel que las heterosexuales, y quien no las proteja, entonces las discrimina. Y como la Ley obliga a la radio y televisión concesionada a promover los derechos humanos y la no discriminación, entonces la radio mexicana no puede ni debe atacar los derechos de las parejas homosexuales. Si lo hace, se enfrentará con el defensor de las audiencias y con las leyes mexicanas.

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El artículo primero de la Constitución obliga a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las personas, incluyendo el de preferencia sexual

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