El trámite de supervivencia de pensionados del IMSS no lo puede realizar un familiar

09 de julio de 2015

El trámite de supervivencia de pensionados del IMSS no lo puede realizar un familiar

A Notirasa nos llegó la duda de un radioescucha pues asegura que antes para acreditar la Supervivencia de un pensionado del IMSS, cualquier familiar podía  asistir a realizar el trámite con tan solo llevar los documentos necesarios, por tal motivo platicamos con Geovany Medina Rojas, titular de Prestaciones Económica y Sociales del IMSS Yucatán,  quien dijo que  hay diferentes mecanismos pero ninguno como este.

"Es muy sencillo lo único que tiene que hacer es presentarse con una identificación con foto y firmar su pase de supervivencia cada seis meses, hay casos excepcionales con gente que no puede moverse, el instituto hace las visitas domiciliadas, si un familiar acude a la delegación a explicar, se envía a alguien a verificar en el domicilio…" comentó.

Medina Rojas, comentó que en este mes a algunos pensionados se les está notificando que deben pasar a actualizar datos como la CURP, RFC ya que se está buscando la manera de eliminar este trámite de cada seis meses.

"Esto para ir migrando  ya que la tener un contro en la base de datos de RENAPO, poco a poco alargar el tiempo de registrar la supervivencia hasta erradicarlo…" indicó.

Para quienes necesiten realizar este trámite y no les sea posible acudir por cuenta propia debido a alguna enfermedad pueden solicitar que el IMSS les envíe un visitador.

"Los teléfonos de las subdelegaciones, la del sur  9 29 35 32 con la señora Virginia Rendón, la dirección es Calle 131 por 42 sur enfrente de los cuarteles, la del norte, teléfono  9 25 59 72 con Gerardo González,  las dirección es   avenida 7, número 138 por 38 y 40 colonia, Pensiones" señaló.

De igual manera comentó que este servicio aplica para los asilos o quienes tienen alguna asociación de personas de la tercera edad y quieran hacer un convenio para que alguien del IMSS acuda a realizar este trámite.

Escucha la nota

Si el derechohabiente no puede acudir a acreditarse, un visitador del instituto acudiría al domicilio del solicitante.

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