Teodolito urbano
12 de junio de 2014
Amigos, buen día.
Continuando con el tema de los programas de desarrollo urbano, éstos son instrumentos cuya función es el de ordenar los asentamientos humanos de cualquier nivel, sean federal, regional, estatal, municipal, de centros de población y sectoriales. Todos éstos son producto de los Planes de Desarrollo, que cada nivel de gobierno, federal, estatal y municipal, emiten definiendo las políticas y estrategias para el período en que fueron electos, por lo que no son leyes, ni reglamentos, están acotados en el terreno de lo administrativo, es decir, tienen caducidad.
Los planes y los programas emanan de las consultas públicas al que se le suman otras políticas de gobierno y aquellas de los sectores privado y social, pero aquellos cambian, entre diferentes períodos administrativos y si es necesario, en un mismo período hay la manera técnica-jurídica-administrativa de hacerlo.
Los Planes y los Programas, no siempre cubren las expectativas ciudadanas o de plano están en contra de ellas. La causa principal es el nivel de participación en el diagnóstico del entorno, lo que lleva a plantear políticas y estrategias sin sustento, o francamente contrarias al interés público. La segunda causa, es que están mal realizados.
Como mencionaba en comentarios pasados, las inconformidades las podemos identificar en dos funciones urbanas, la estructura vial y los usos del suelo; la primera, sin importar sus dimensiones, impulsa o define a la segunda y, aunque no es muy justa, la razón es muy simple, el valor comercial.
Veamos ejemplos, una vialidad como Paseo y prolongación de Montejo, la Avenida Colón, Cupules, la calle 60, la 59, la 50, Circuito Colonias, entre muchas más, por la fluidez vehicular, cambiaron el uso del suelo de habitable a comercial. Entonces, lo único que puede tener continuidad entre diferentes períodos administrativos es la definición de la estructura vial y su jerarquía, porque ésta es una conectividad que define la manera de trasladarse, de conectarse, de circular, y esta función depende del ayuntamiento. Así pues, lo fundamental será que la autoridad municipal defina cuáles son las vialidades regionales, de ciudad, conectoras y locales, y de acuerdo a las características de cada una de ellas, poder definir la magnitud y la ubicación del equipamiento, comercios y servicios, así como aquellas vialidades destinadas para acceder a la vivienda.
Además de la característica y tipología de una vialidad, hay otros elementos urbanos que favorecen e impulsan usos distintos a la vivienda, como lo son las glorietas, o las intersecciones de varias vialidades. Estos puntos o nodos también hay que definirlos y fijarlos.
De acuerdo a lo dicho, ahora podemos plantearnos, en dónde debemos ubicar de manera preferente nuestra vivienda, para que no tengamos problemas con el paso o el estacionamiento de vehículos que van a un centro comercial, un hospital, una escuela, talleres, las estaciones de combustible, restaurantes, tienditas, paraderos de transporte urbano, y todos aquellos usos que nos molestan, con razón o porque sí.
Recordemos, todo el mundo tiene el derecho a realizar en su propiedad privada lo que las leyes reglamentos y normas lo permitan sin perjudicar a terceros; y así como no puede haber una industria o un gran comercio enclavado en un área habitacional, las viviendas no deben de ponerse en vialidades, glorietas o intersecciones, terrenos o predios son aptos para los equipamientos, comercios y servicios.