Los pagos por colegiaturas y transporte escolar son deducibles de impuestos

27 de agosto de 2024

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas en este regreso a clases, que los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura), son conceptos deducibles en la declaración anual.

 

Asimismo, se precisa que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.

 

La deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales, los límites anuales son:

 

●        Preescolar: 14,200 pesos

●        Primaria: 12,900 pesos

●        Secundaria: 19,900 pesos

●        Profesional técnico: 17,100 pesos

●        Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos

 

Para obtener este beneficio, la factura debe incluir el complemento de colegiaturas por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar.

 

Además, el pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios. La deducción no procede si el pago es en efectivo.

 

En caso de requerir orientación, se tiene a disposición de los contribuyentes el siguiente medio de contacto: MarcaSAT: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 .

Información de

Katy Castilla

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