Se puede anular la votación de una casilla o toda una elección
30 de junio de 2012
En caso que se desobedezcan las reglas oficiales para la emisión del sufragio, la ley electoral puede anular la votación de una casilla e invalidar un tipo de elección de un distrito, una entidad federativa o de toda la nación.
Ante un acto ilegal cometido en una casilla, solamente los jueces del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pueden declarar la nulidad en una casilla o una elección.
Se puede cancelar la votación en una casilla si en este lugar se permitió votar a un ciudadano con credencial distinta a la mica del IFE. Si la casilla se instala antes de las 8 de la mañana o a esta hora empieza la recepción del voto.
También se anula la casilla si un funcionario de casilla hubiese portado un emblema partidista durante la votación. En caso que se encuentren boletas afuera de la casilla.
Otra causa de nulidad electoral en la casilla se presenta cuando las firmas de los funcionarios o representantes son distintas en las diversas actas.
La ley puede anular los resultados a favor de un candidato cuando éste hubiese usado símbolos religiosos en su campaña o hubiese tenido acceso indebido en radio y televisión.
Se sabe también que se puede cancelar la votación para un partido político si éste rebasa el tope designado para sus gastos de campaña.
Ningún partido puede pedir la invalidación de un acto en una casilla o elección por una irregularidad que él mismo haya ocasionado con premeditación.
Se puede cancelar la votación en una casilla si en este lugar se permitió votar a un ciudadano con credencial distinta a la mica del IFE.