Prohíben “terapias de conversión” en el Estado de México

28 de octubre de 2020

Prohíben “terapias de conversión” en el Estado de México

El Estado de México es la segunda entidad en México en prohibir y sancionar las llamadas “terapias de conversión”, luego de que se aprobara las reformas al Código Penal Local.

Las penas serán de 1 a 3 años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días de multaa quien someta, coaccione u obligue a otra persona a recibir o realizar procedimiento con la finalidad de cambiar su orientación sexual.

Dicha reforma amplía los derechos de la comunidad LGBTTTIQ+1 y fue propuesta por la diputada de Morena Beatríz García, estableciendo también que las penas aumentarán hasta en una mitad si la víctima es parte de grupos vulnerables o tiene relación con el inculpado.

Asociaciones como “Fuera del Clóset” celebraron este hecho histórico en la Entidad, al convertirse en la segunda a nivel nacional en tipificar las terapias de conversión.

Luego de considerar que las terapias de conversión por orientación sexual vulneran los derechos de las personas, las comisiones avalaron el pasado 25 de septiembre la iniciativa y recientemente fue aprobada en la legislatura mexiquense.

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