Más sanciones al robo de ganado
07 de abril de 2017
Joaquín Díaz Mena “Huacho” informó que en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para beneficio de los ganaderos de Yucatán y de todo el país se reformó el Código Penal Federal para tipificar el delito de abigeato o robo de ganado, con sanciones que van desde los 2 hasta los 10 años de prisión para quien o quienes comentan este ilícito.
Así mismo el abigeato se considerará calificado y se aumentará la pena hasta en una mitad, cuando sea cometido por quien tenga una relación laboral, o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el propietario del ganado.
Con la reforma al artículo 381 Bis se considera ganado a las especies bovina, caballar, asnal, mular, ovina, caprina, porcina o de una o más colonias de abejas en un apiario, así como aquel domesticado, bravo, de pezuña, ganado mayor o menor, independientemente de la actividad típica del animal.
De igual manera el sacrificio de ganado, sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo, se equiparará al delito de abigeato y se sancionará con la misma pena. También se consideran sanciones diferentes cuando se actúe en asociación delictuosa, banda o pandilla.
“La ganadería y la apicultura son de las principales actividades del sector primario de la economía en nuestro estado que sufren graves daños y pérdidas millonarias por robo, por lo que las reformas aprobadas les brindan protección al establecer riguroso castigo a quienes cometan este delito que en los últimos años ha ido en aumento en toda la república". Expresó el Diputado Díaz Mena.
Se reformó el Código Penal para tipificar el delito de abigeato, y los culpables recibirían de 2 a 10 años de cárcel