La puerta abierta para el matrimonio igualitario

11 de febrero de 2016

La puerta abierta para el matrimonio igualitario

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que considera discriminatorio el artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco pues solamente declara válido el matrimonio entre un hombre y una mujer, demuestra el avance obtenido en el camino para reconocer el matrimonio igualitario, a pesar de que distintos grupos conservadores se empeñen en seguir recabando firmas para frenarlo: esto no es un tema de mayorías, sino de derechos, declaró el licenciado  Jorge Fernández Mandiburu, del Equipo Indignación.

Esperamos, agregó, que la resolución que tomó la Suprema Corte sienta un precedente para que el máximo órgano juzgador pueda atraer un amparo interpuesto en el 2014 de un caso similar en Yucatán y, además, tenga tal efecto que en algún momento se pueda replicar a todas las entidades federativas

En el caso local, ese recurso se interpuso luego de que el Tribunal Constitucional del Estado de Yucatán determinara que no había alguna omisión legislativa en el caso del Código de Familia del Estado, pues este último no prevé el acceso al matrimonio para personas del mismo sexo, informó en entrevista Jorge Fernández Mendiburu, integrante del Equipo Indignación.

En el 2014, 3 organizaciones presentamos una acción por omisión legislativa ante el Tribunal Constitucional, justamente señalando que el Código de Familia no preveía la posibilidad de que parejas del mismo sexo con trajeran  matrimonio; el Tribunal determina que no hay omisión legislativa por decisión de 7 contra 4 y este asunto se impugna ante los tribunales federales y se solicita su atracción ante la Corte.” estableció.

Indicó que si la Suprema Corte decide atraer el caso de Yucatán, se analizaría de igual forma el Código de la Familia del Estado y se determinaría si al no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, se incurre en una omisión legislativa.

De ser así, señaló, tendría una resolución similar a la que se tomó en Jalisco, se notificaría al Tribunal Constitucional del Estado para que éste a su vez instruya al Congreso del Estado, donde se tomarían las medidas necesarias para reformar el Código en cuestión.

Yo creo que esta resolución en el caso de Jalisco, me parece que viene a generar mayores elementos de carácter legal; enfatiza cómo la discriminación que históricamente se ha dado al no reconocerse estas posibilidades, y puede que no competa al estado pero si puede determinar que la Corte decida atraer este caso y resolverlo de una forma similar” expresó.

Reiteró que con acciones como estas se demuestra el avance que se ha tenido en el camino para reconocer el matrimonio igualitario, a pesar de que distintos grupos conservadores se empeñen en seguir recabando firmas para frenar esto, y dijo esto más que un tema de mayorías es un tema de derechos.

Antes de finalizar indicó que ahora se espera que la resolución que tomó la Suprema Corte de Justicia de la Nación pueda tener tal efecto que en algún momento se pueda replicar a todas las entidades federativas.

 

Fue en junio de 2015 cuando la Suprema Corte de Justicia abrió las puertas al matrimonio igualitario, pues declaró inconstitucionales aquellos Códigos Civiles donde el matrimonio es entendido como la unión entre un hombre y una mujer con el fin de la procreación; con esto se obligaba a los tribunales a casar a las parejas del mismo sexo a través de amparos, sin derogar los Códigos Civiles, en el caso de la última resolución, determinó que el poder Legislativo de Jalisco debe reformar el artículo antes mencionado para que también se considere y respeten los derechos de las parejas homosexuales al matrimonio.

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La unión entre personas del mismo sexo no es un tema de mayorías sino de derechos

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