En marzo y abril se realiza la declaración anual: SAT

19 de marzo de 2021

En marzo y abril se realiza la declaración anual: SAT

Como es habitual, cada mes de marzo y abril se presentan las declaraciones anuales de las personas morales y físicas respectivamente, esto ante la Secretaría de Administración Tributaria (SAT).

¿Pero en qué consiste una declaración anual y cuál es la diferencia entre estas dos clasificaciones? El contador público Alejandro Noh Novelo las explica a continuación:

“Una declaración anual es la forma en la que reportamos al SAT los ingresos y egresos durante un año y de esta manera contribuir al pago de impuestos. Durante todo el mes de marzo se presentan las declaraciones anuales morales, para el mes de abril le toca el turno a las personas físicas”

En el caso de las personas físicas, existen quienes están obligadas a presentar su declaración anual y quiénes no…

“Pueden ser asalariados, prestan servicios profesionales, los que tienen actividad empresarial o los que rentan algún bien inmueble, todos están obligadas a presentarla en abril. Pero los asalariados tiene sus excepciones, por ejemplo si en 2020 recibieron ingresos anuales que no excedan los 400 mil pesos no están obligados, pero los que recibieron más, sí están obligados. Aquellos que hayan trabajado con 2 patrones aunque no excedan esa cantidad, también están obligados a presentarlos”

Sin embargo no sólo ellos, también están obligados las siguientes personas:

“Las personas que tuvieron ingresos por liquidación, jubilación, pensión o indemnización entran en el supuesto o los que hayan dejado de trabajar antes del 31 de diciembre de 2020”

En el caso de los trabajadores que pertenezcan a una empresa, indicó que el contador público de tu trabajo es el encargado de hacer los cálculos o retenciones

El especialista recordó la importancia de realizar este proceso, ya que su olvido pudiera  traer como consecuencia grandes multas…

“En este caso hay multas que varían pueden ser desde los 14 mil pesos hasta los 28 mil pesos dependiendo de la gravedad del requerimiento”

Por último recalcó la importancia de asesorarse con algún contador  de confianza en el caso de los ciudadanos que hayan emprendido su propio negocio durante la contingencia sanitaria para saber si tienen que presentar este documento.

actualización sitio web