El divorcio sin causal tendrá que ser luego de un año de separación
19 de abril de 2012
Para solicitar el divorcio sin causal en Yucatán deberá haber cumplido la pareja un año separada y presentarse una de las partes ante los juzgados para solicitar la disolución del vínculo matrimonial, indicó el director del Instituto de la Defensa Pública Estatal, Osvaldo Ortiz Matú.
Esta modalidad de divorcio será posible en la entidad a los 180 días de que se publiquen en el Diario Oficial las modificaciones hechas al Código Familiar por parte del Congreso Local en semanas recientes.
Con esta disposición bastará que solo uno de los cónyuges manifieste el deseo de disolver su contrato matrimonial, reiteró Ortiz Matú.
"No más que el deseo de disolver el vínculo matrimonial, ya no quiero estar a tu lado. Inmediatamente juez dicta medidas provisionales para proteger alimentos, custodia y división de bienes" señaló.
El director del Instituto de la Defensa Pública señaló que esta modificación busca proteger a la familia, en especial cuando hay hijos en el matrimonio, evitando comparecencias y trámites de varios meses y hasta años.
Será al concretarse legalmente la disolución de la pareja que se puedan alegar o expresar inconformidades por el monto de la pensión estipulada, misma que podrá corresponder al padre o la madre, según se encuentren las condiciones económicas.
La pareja deberá estar separada un año y presentarse una de las partes para solicitar la disolución del vínculo matrimonial.