Hay límites para el ruido, en Mérida
06 de mayo de 2026
Hubo manifestaciones en el Miércoles Ciudadano por el tema del ruido. De acuerdo con los quejosos, no se está respetando el Reglamento de Protección al Ambiente y del Equilibrio Ecológico del Municipio de Mérida. Pero ¿Cuáles son los límites, horarios y multas establecidas?
Según este reglamento el ruido si está considerado como una fuente contaminante fija, pues se explica que ésta viene de toda instalación establecida en un solo lugar, que tenga como finalidad desarrollar operaciones o procesos comerciales, de servicios o actividades, que genere o pueda generar emisiones contaminantes a la atmósfera, agua o suelo, como son: polvos, humos, gases, ruido, vibraciones, aguas residuales y residuos sólidos.
Bajo este concepto, se han puesto límites en la capital yucateca. Se establecen para fuentes fijas: 68 dB, de 6:00 a 22:00; y 65 dB, de 22:00 a 6:00, en zonas comerciales.
En zonas residenciales, los límites son menores (55/50 dB), y el incumplimiento puede generar multas que van desde los ocho mil pesos hasta más de dos millones, casos muy graves.
El decibel es una unidad utilizada para medir la intensidad o el nivel de presión sonora: Según los especialistas, éstas son las equivalencias:
30 dB: Susurro suave.
50 dB: Conversación normal.
80 dB: Secador de pelo.
80-90 dB Ladrido de perro.
100 dB: Fuegos artificiales o ruido muy fuerte.
140 dB: Pista de aeropuerto (dolorosamente fuerte).
Según los quejosos de este miércoles, en muchos casos el ruido rebasa por mucho los límites establecidos, por lo que piden brindar atención al problema.
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Rigel Alonzo
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• Las multas por excederlo van desde los ocho mil pesos hasta más de dos millones, en casos muy graves.









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