Figura Yucatán como Estado Modelo en la tipificación y castigo del delito de feminicidio
13 de abril de 2026
El Estado de Yucatán cuenta con un marco legal robusto en materia de feminicidio que se alinea con la reciente solicitud de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, para endurecer las sanciones contra este delito en el país.
Hernán Jesús Vega Burgos, magistrado titular de la ponencia cuarta y presidente de la Primera Sala Colegiada Civil y Penal, explicó que la entidad tipificó este delito desde el año 2014, y ha implementado penalidades severas de manera progresiva.
De acuerdo con el magistrado, el Código Penal del Estado establece una sanción genérica para el feminicidio que oscila entre los 32 y los 45 años de prisión. No obstante, existen diversas agravantes que permiten elevar la pena hasta los 65 años de cárcel. Estas condiciones dependen directamente de la relación entre el agresor y la víctima, así como de las circunstancias particulares de cada caso.
Vega Burgos precisó que la máxima penalidad de 65 años se aplica cuando el sujeto activo tiene un grado de parentesco, relación sentimental, de noviazgo, laboral o docente con la mujer.
Asimismo, en los casos donde la víctima es menor de 18 años, la legislación yucateca contempla una sentencia de hasta 60 años de prisión.
El magistrado subrayó que estas diferencias en la punibilidad buscan sancionar con mayor rigor la ruptura de los vínculos de confianza o la vulnerabilidad por edad.
Respecto a los casos donde el delito no llega a consumarse, el marco jurídico estatal contempla sanciones para la tentativa de feminicidio.
En este supuesto, el responsable puede ser condenado a cumplir hasta las dos terceras partes del monto máximo de la pena que corresponda, según el caso genérico o sus agravantes.
Finalmente, el magistrado destacó que la ley vigente incluye la obligatoriedad de la reparación del daño. En los casos donde el agresor sea un servidor público, la normativa establece la inhabilitación inmediata del individuo para desempeñar cualquier cargo en la administración pública, adicional a la pena privativa de la libertad que determine el juez.

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Ronald Rojas
• El magistrado Hernán Vega Burgos recordó las sanciones que existen en nuestra jurisprudencia, por ese delito.









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